CAMBIO DE LISTA DE EMBARCACION DE RECREO

El Real Decreto 1435/2010 de 5 de noviembre, define en el artículo 2 letra 0) a los efectos de lo previsto en esa norma, los “Actos registrables” sujetos a notificación y tramitación en el registro marítimo de buques:

Serán actos registrables LOS CAMBIOS DE LISTA (de sexta a séptima y viceversa) del Registro marítimo de embarcación de recreo.

Los cambios de lista llevan asimilados obligaciones de tipo fiscal que deberán ser tenidos en cuenta a estos efectos.

Si lo desea, le asesoraremos en estas cuestiones y realizaremos en su nombre las gestiones oportunas a estos efectos.

  • Antonio Adell Romero

    Gestor administrativo náutico

    Licenciado en Derecho por la Universidad de Barcelona desde el año 1986.

    A partir del año 1989 y previa superación de las pruebas de acceso, está colegiado en el ILUSTRÍSIMO COLEGIO DE GESTORES ADMINISTRATIVOS DE CATALUNYA con el número 1661.

    La colegiación garantiza el rigor y la eficacia en la gestión dentro de las normas administrativas españolas.

    Desde entonces y hasta el día de hoy, siguiendo una tradición familiar que se remonta al año 1959, ejerce la profesión de forma interrumpida en la especialidad de GESTORIA NAUTICA, al frente de su despacho profesional.

    Acumula más de veinte años de experiencia titulada.