Para las empresas COMERCIALIZADORAS , IMPORTADORAS o CONSTRUCTORES NACIONALES o EXTRANJEROS, estamos en disposición de asesorarles y gestionarles la PREINSCRIPCION de las embarcaciones de recreo que tiene para su gestión de venta, por el procedimiento regulado en el artículo 4 del REAL DECRETO 1435/2010 DE 5 DE NOVIEMBRE.
Para estas mismas empresas, podemos encargarnos de gestionarles la obtención de los PERMISOS TEMPORALES DE NAVEGACION PARA EMBARCACIONES DE RECREO NO MATRICULADAS, para ser exhibidas en exposiciones, salones náuticos, puertos o lugares utilizados por estas empresas antes de su venta definitiva o para aquellas embarcaciones que deban desplazarse por mar entre dos o varios puertos o instalaciones marítimas españolas.
REAL DECRETO 685/2010 DE 20 DE MAYO.
Estamos a su disposición para encargarnos de la gestión de pago de cualquier tipo de impuesto, estatal ó autonómico relacionado con la legalización de una embarcación de recreo, así como todo tipo de tasas y tarifas oficiales.
Somos especialistas en la gestión y obtención de PERMISOS CONSULARES DE TRASLADO de embarcaciones de recreo para bandera española, ante cualquier oficina consular europea.
También estamos a su disposición para gestionarle la RENOVACION DE SUS TITULOS NAUTICOS, ante cualquier órgano autonómico.
En el momento de proceder a un cambio de motor de su embarcación, se genera todo un abanico de trámites y gestiones administrativas de un cierto rigor técnico.
Nos ponemos a su disposición para ayudarle en la legalización del nuevo motor de su embarcación.
Su moto náutica debe ser matriculada!
Este artefacto naval tiene su propio registro marítimo.
Es imprescindible para su seguridad tener la moto náutica legalizada debidamente.
Nuestro despacho es experto en legalización de motos náuticas.